lunes, 24 de mayo de 2010

INFORME ANUAL SOBRE INMIGRANTES 2009 EN GUATEMALA

Asuntos de Inmigración
Informe Anual Sobre la Trata de Personas 2009
16 de Junio de 2009


A continuación les presentamos una traducción extraoficial del noveno Informe Anual sobre la Trata de Personas (sección Guatemala), publicado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos.

GUATEMALA (Nivel 2 - Lista de Vigilancia)
Guatemala es un país fuente, de tránsito y de destino para guatemaltecos y centroamericanos que son tratados con fines de explotación sexual comercial y trabajo forzado. La trata de personas es un problema significativo y creciente en el país, particularmente la explotación de niños por prostitución. Las mujeres y los niños guatemaltecos son tratados dentro del país, y principalmente hacia México y los Estados Unidos para explotación sexual comercial. Las Organizaciones no Gubernamentales (ONG) han informado de un problema naciente de turismo sexual infantil en ciertas áreas turísticas, como La Antigua y la ciudad de Guatemala. Las niñas jóvenes guatemaltecas también son sujetas a trabajos forzados dentro del país como sirvientas domésticas. Los hombres, las mujeres y los niños guatemaltecos son tratados dentro del país, así como hacia México y los Estados Unidos, para realizar trabajos forzados, particularmente en agricultura. En el área fronteriza con México, los niños guatemaltecos son explotados para obligarlos a vender en las calles y a realizar trabajos forzados en basureros municipales; los hombres, las mujeres y los niños guatemaltecos son tratados para realizar trabajos agrícolas forzados, particularmente en plantaciones de café. Guatemala es un país de destino para las víctimas de El Salvador, Honduras y Nicaragua, que son tratadas con el propósito de explotación sexual comercial. Las áreas fronterizas con México y Belice siguen siendo de primaria preocupación debido al gran flujo de migrantes indocumentados, muchos de los cuales resultan ser víctimas de los tratantes.


El gobierno de Guatemala no cumple completamente con los estándares mínimos para la eliminación de la trata; sin embargo, está realizando esfuerzos significativos para hacerlo. Durante el último año, el Congreso de Guatemala aprobó en forma unánime una propuesta de ley para fortalecer las leyes de Guatemala en contra de la trata de personas y otras formas de explotación sexual y violencia. Además, el gobierno fortaleció sus esfuerzos investigativos durante el primer año de operación de una unidad de prosecución dedicada a combatir la trata de personas y las adopciones ilegales. A pesar de tales esfuerzos significativos generales, Guatemala está colocada en el Nivel 2 - Lista de Vigilancia (Tier 2 Watch List) por su fracaso en evidenciar crecientes esfuerzos para combatir la trata de personas, particularmente en lo referente a proporcionar asistencia adecuada a las víctimas y asegurar que los tratantes, incluso los funcionarios públicos corruptos, sean debidamente procesados, convictos y sentenciados por sus crímenes.


Recomendaciones para Guatemala: Implementar y hacer cumplir la nueva ley contra la trata; aumentar los esfuerzos para investigar y procesar las ofensas por la trata y condenar y sentenciar a los tratantes, incluso a los funcionarios públicos que sean cómplices con la actividad de la trata; perseguir los casos sospechosos de crímenes por trabajos forzados y servilismo doméstico, además de los casos sospechosos de trata de adultos con fines sexuales; mejorar los servicios y la asistencia a la víctima; incrementar la capacitación sobre el combate a la trata para los jueces y la policía, e incrementar el financiamiento a los esfuerzos para el combate de la trata, particularmente para las unidades dedicadas a la prosecución y la policía del país.


PROSECUCIÓN


El gobierno realizó esfuerzos limitados contra los tratantes el año pasado. Mientras que los fiscales iniciaron algunos procesos por trata, ellos continuaron enfrentando problemas en los tribunales con la aplicación de la antigua ley guatemalteca contra la trata, Artículo 194 del Código Penal, el cual prohíbe todas las formas de la trata de personas, y prescribe penas de seis a 12 años de prisión. Durante el período que cubre este informe, los jueces continuaron rechazando cargos bajo el Artículo 194, a favor de delitos más familiares pero menos serios, como el proxenetismo o el instigamiento, los cuales prescriben penas inadecuadas – solo multas – para disuadir la comisión de los crímenes de la trata. El Congreso de Guatemala, sin embargo, reforzó el marco jurídico del país contra la trata decretando una ley, que entró en vigor en abril de 2009, para aclarar la definición estatutaria de la trata de personas, además de aumentar las penas por la trata, los crímenes relacionados con la trata, y otras formas de violencia sexual y explotación. El artículo 202 de la nueva ley prohíbe el transporte, la transferencia, la retención, el refugio o la recepción de personas para los propósitos de prostitución, explotación sexual, trabajos o servicios forzados, mendicidad, esclavitud, adopciones ilegales o matrimonios forzados, además de otros propósitos prohibidos. Las penas establecidas bajo la nueva ley son de ocho a 18 años de prisión; bajo circunstancias agravadas, tales como cuando el crimen involucra secuestro, amenazas, violencia, armas o a un funcionario público, las penas son aumentadas en una tercera parte. Tales penas son suficientemente severas y conmensuradas con las penas prescritas para otros crímenes serios, tales como la violación. Durante el período que cubre este informe, el gobierno mantuvo unidades pequeñas de policías y fiscales dedicadas a la investigación y al proceso de casos de la trata de personas. En el 2008, el gobierno inició procedimientos criminales bajo las leyes existentes en contra de 55 tratantes; siete de estos 55 procedimientos involucraron alegaciones de explotación sexual comercial de menores, que está incluso igual con los resultados del 2007, cuando el gobierno procesó ocho casos relacionados con la trata. Durante el período que cubre este informe, el gobierno enfocó la mayoría de sus recursos limitados en procesar adopciones ilegales, las cuales están definidas como una forma de la trata de personas bajo la ley guatemalteca y tienen una alta incidencia en el país. No se informó de ningún procesamiento por crímenes de trabajos forzados o crímenes de trata sexual que involucraran a víctimas adultas, ni procesamientos de funcionarios de gobierno cómplices con la actividad de la trata. No se obtuvo ninguna convicción o sentencia por trata bajo el Artículo 194 en la ciudad de Guatemala, a pesar de que los fiscales en Jalapa informaron de una condena por trata en un caso de adopción ilegal, que aseguraba una sentencia de seis años de prisión. En general, la policía y los fiscales para el combate de la trata se mantuvieron plagados por una falta severa de financiamiento y recursos; por ejemplo, la unidad de policía de Guatemala para el combate de la trata compuesta de cinco personas tenía únicamente un vehículo para investigar los casos de trata en todo el territorio. La policía también se mantuvo incapacitada debido al alto volumen de rotación de personal y a la falta de capacitación especializada. Informes creíbles de organizaciones internacionales e instituciones no gubernamentales indicaron que los funcionarios públicos corruptos continuaron impidiendo el cumplimiento de la ley contra la trata y facilitaron la actividad de la trata por medio de la aceptación o extorsión de sobornos, la explotación sexual de menores, la falsificación de documentos de identidad, la filtración de información sobre próximas incursiones de la policía a los tratantes sospechosos y la indiferencia ante de las actividades de la trata en burdeles y sitios de sexo comercial. Mientras que el gobierno realizó esfuerzos para despedir algunos de los funcionarios públicos de sus cargos, no intentó investigarlos criminalmente o enjuiciar a ninguno de ellos.


PROTECCIÓN

El gobierno realizó esfuerzos insuficientes para proteger a las víctimas de la trata durante el período que cubre este informe, confiando enormemente en las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones internacionales para proporcionar la mayoría de los servicios a las víctimas. Las víctimas infantiles son elegibles para los cuidados básicos en siete albergues administrados por el gobierno con una orden judicial, pero fueron usualmente referidas a las organizaciones no gubernamentales, tales como Casa Alianza para recibir asistencia. Sin embargo, Casa Alianza anunció el cierre de su establecimiento en Guatemala en enero del 2009; el gobierno refirió a Casa Alianza un promedio anual de 300 jóvenes explotados sexualmente, incluso víctimas menores de la trata. En diciembre del 2008, el gobierno aprobó un incremento en el presupuesto para la Secretaría de Asistencia Social para ampliar los servicios generalizados para las víctimas menores, los cuales deben proporcionarse en el 2009. Los servicios administrados por el gobierno que están dedicados para las víctimas adultas de la trata siguen siendo virtualmente inexistentes. A pesar de que las autoridades guatemaltecas exhortan a las víctimas a ayudar con la investigación y prosecución de sus tratantes, la mayoría de las víctimas no presentan ninguna queja debido al miedo, a la violencia o a las represalias, y por la falta de confianza en el sistema de justicia criminal del país y al programa limitado de la protección del testigo. El gobierno no detuvo, multó o penalizó en alguna otra forma a las víctimas de la trata por actos ilegales cometidos como un resultado directo de esa situación. El gobierno continuó con el funcionamiento de albergues para migrantes en la ciudad de Guatemala, con espacios separados para víctimas extranjeras de la trata, aunque algunas víctimas extranjeras de la trata aparentemente fueron deportadas. La nueva ley para el combate de la trata de personas estableció procedimientos para la repatriación de las víctimas de la trata sin detención. Las leyes guatemaltecas, sin embargo, no proporcionan a las víctimas extranjeras de un estatus de residencia temporal o permanente, o una alternativa legal de remoción de países en donde pudieran enfrentar adversidades o represalias. El gobierno continuó con el entrenamiento para el combate de la trata para los funcionarios consulares asignados en el exterior, y redadas en los burdeles, conducidas por la policía durante el año para rescatar a menores de situaciones de la trata sexual, habiendo rescatado a 45 menores durante el período que cubre este informe. El gobierno se esforzó en aplicar procedimientos para identificar a las víctimas de la trata entre las poblaciones vulnerables, tales como las mujeres prostituidas en burdeles, aunque no se tenía un número estimado de las víctimas identificadas por medio de este mecanismo.


PREVENCIÓN

El gobierno realizó constantes esfuerzos para prevenir la trata durante el período que cubre este informe. El gobierno continuó realizando campañas en los medios de comunicación y talleres para combatir la trata y administró un centro de llamadas para proporcionar información a los ciudadanos sobre los peligros de la trata de personas y para referir a las víctimas que necesiten asistencia. En julio de 2008, el gobierno aprobó un plan de acción nacional para 10 años para combatir la trata de personas y el comité interinstitucional gubernamental se reunió durante el año. El gobierno no realizó esfuerzos distintivos para reducir la demanda de actos sexuales comerciales y trabajos forzados. El gobierno proporcionó capacitación sobre derechos humanos – incluso sobre la trata de personas – a las tropas guatemaltecas destacadas para operaciones de paz internacionales.

2 comentarios:

  1. Fuente:
    http://spanish.guatemala.usembassy.gov/tipguate2009.html

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